Micelio

Artículo 2

Aunque Los Nombramientos De Personal Para Los Resguardos Citados Siguen Siendo Potestativos Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro Los Miembros De Ese Personal Serán Escogidos De Entre Los Del Ejercito De La Gendarmeria Y Policia Nacionales, A Cuyo Fin Obrarán De Acuerdo Los Ministros De Guerra Y De Hacienda Y Tesoro

Decreto 49 de 1909 · Por la cual se deroga en parte el Decreto número 946 de 1908

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aunque los nombramientos de personal para los Resguardos citados siguen siendo potestativos del Ministerio de Hacienda y Tesoro los miembros de ese personal serán escogidos de entre los del Ejercito de la Gendarmeria y Policia Nacionales, a cuyo fin obrarán de acuerdo los Ministros de Guerra y de Hacienda y Tesoro. Comuníquese y Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 49 de 1909