º. Se exceptúa de la congelación establecida en el artículo anterior los retiros producidos en virtud de renuncia, vacancia por abandono del cargo o por muerte, sanción disciplinaria pensiones de jubilación, invalidez, vejez.
Decreto 233 de 1989 →Vigente
Artículo 2
Se Exceptúa De La Congelación Establecida En El Artículo Anterior Los Retiros Producidos En Virtud De Renuncia, Vacancia Por Abandono Del Cargo O Por Muerte, Sanción Disciplinaria Pensiones De Jubilación, Invalidez, Vejez
Decreto 233 de 1989 · Por el cual se congelan las plantas de personal de los organismos del a Rama Ejecutiva del Poder Público, en el orden nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.