Micelio

Artículo 31

Del Decreto 2655 De 1973 Quedara Así: "articulo 31

Decreto 819 de 1974 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2655 de 1973 sobre carrera penitenciaria

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El artículo 31 del Decreto 2655 de 1973 quedara así: "Articulo 31. La Junta de la carrera penitenciaria estará integrada por el Secretario General del Ministerio de Justicia, el Director General de Prisiones, el Jefe de la Oficina Jurídica, el Jefe de la División de personal y un representante, o su suplente, de los empleados de carrera penitenciaria. El Jefe de la División de Inspección de la Dirección General de prisiones, o quien haga sus veces, actuará como secretario de la Junta. Los representantes, principal y suplente, de los empleados de carrera penitenciarias serán elegidos por los mismos para un periodo de dos años, previa convocatoria que hara la Dirección General de Prisiones, y por el sistema que esta determine".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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