Micelio

Artículo 21

Secretaría General

Decreto 2105 de 2001 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración del talento humano y de los recursos físicos, económicos y financieros del Ministerio y de su Fondo Rotatorio.

2.

Velar por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo del talento humano y de los recursos técnicos, materiales, físicos y financieros del Ministerio, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.

3.

Atender bajo la dirección del Ministro, la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados.

4.

Informar periódicamente al Ministro, o a solicitud de éste, sobre el desarrollo de los asuntos de su competencia.

5.

Elaborar e impulsar programas de modernización institucional y supervisar las actividades relacionadas con la organización, racionalización y sistematización de los métodos y procedimientos administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de conformidad con los principios que orientan la Función Pública de acuerdo con las normas vigentes.

6.

Participar en los Consejos, Comisiones o Juntas, que determine el Ministro e informarle las determinaciones tomadas.

7.

Supervisar, junto con la Dirección de Asuntos Consulares y Comunidades Colombiana en el Exterior el debido cumplimiento de la legislación vigente en esta materia.

8.

Apoyar el Comité de Desarrollo Administrativo de conformidad con las normas vigentes, efectuar el seguimiento de los planes de desarrollo administrativo de las entidades adscritas y vinculadas y presentar el plan de acción respectivo.

9.

Supervisar junto con la Dirección de Control Interno Disciplinario, los temas de competencia de ésta de conformidad con el Código Unico Disciplinario.

10.

Coordinar lo relacionado con las comisiones de servicio de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

11.

Las demás que le sean asignadas o que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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