Artículo diez y nueve Los funcionarios del Ministerio de Justicia a quienes se otorgue la condecoración "Orden del Mérito Penitenciario", tendrán prioridad en la adjudicación de viviendas construidas por el Instituto o Crédito Territorial, siempre que no se haya hecho otra adjudicación a la misma persona por el citado Instituto.
Decreto 988 de 1965 →Vigente
Artículo 19
Decreto 988 de 1965 · por el cual se crea la condecoración "Orden del Mérito Penitenciario", en el Ministerio de Justicia, y se reglamenta su adjudicación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.