º. El Gerente del Instituto de Crédito Territorial también lo será el de la Caja de Vivienda Militar. La Junta Directiva de la Caja quedará constituida asi; por el Ministro de Guerra, quien la presidirá; en su ausencia, por el Jefe del Estado Mayor General; por los Comandantes del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea y por el Jefe del Departamento de Control y Ordenación del presupuesto de Guerra. La Directiva queda facultada para elaborar el reglamento de adjudicación y puntaje, el cual comprenderá todo lo relacionado con los sorteos, fijación de plazos, tasas de interés que no podrán exceder del 8% anual, cuotas de amortización, seguros, cuantía de los préstamos, los requisitos que deben llenar los socios para gozar de los beneficios de ola Caja. El 25 % de los recursos de cada sección (Ejército, Armada y Aviación), lo podrá destinar la Junta Directiva para el otorgamiento de préstamos destinados a la compra o a la terminación de casas, hasta por el 50% del valor de éstas, siempre que dicho valor no exceda de $ 30. 000.00. La junta Directiva, de acuerdo con el Auditor de la Caja, designará la persona que ejerza la Inspección Técnica de ésta.
Decreto 964 de 1951 →Vigente
Artículo 4
El Gerente Del Instituto De Crédito Territorial También Lo Será El De La Caja De Vivienda Militar
Decreto 964 de 1951 · Por el cual se dictan unas medidas sobre la Caja de Vivienda Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.