Micelio

Artículo 3

Decreto 3105 de 1962 · Por el cual se reorganiza el Museo Postal y Telegrafico y se reglamenta el manejo de especies filatelicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La Junta Asesora del Museo Postal y Telegráfico, tendrá las siguientes funciones

a)

Dar su asesoría .en todo lo relacionado con el funcionamiento del Museo;

b)

Dar su opinión sobre cuáles deben ser las cantidades, las especificaciones y los motivos de las estampillas postales que deban destinarse en cada emisión a. fines filatélicos;

c)

Sugerir la creación de los comités, asesores que considere necesarios para el correcto funcionamiento del Museo. Estos comités pueden ser técnicos, financieros, etc.;

d)

Asesorar al Administrador del Servicio de Giros y Especies Postales en la celebración de los contratos para el funcionamiento del Museo, para la venta dé especies filatélicas y para la adquisición de especies destinadas a postales;

e)

Recomendar la adquisición de especies filatélicas y de los elementos necesarios para la dotación del Museo;

f)

Aquellas otras que le asigne el Servicio de Giros y Especies Postales por resolución aprobada por el Ministro de Comunicaciones;

g)

Elaborar su propio reglamento.

Parágrafo

, El Director del Museo Postal, y Telegráfico, será el Secretario de la Junta Asesora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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