Articulo 64 . Para efectos del artículo 52 del Decreto 2053 de 1974, tal como fue adicionado por el artículo 79 del Decreto 2348 del mismo año, la tasa de interés efectivo será del seis por ciento (6%) anual.
Decreto 187 de 1975 →Vigente
Artículo 64
Decreto 187 de 1975 · Por medio del cual se dictan disposiciones reglamentarias en materia de impuestos sobre la renta y complementarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
derogado (verif_articulado: deroganse los artículos 37, 64, 65 y 89 del decreto 187 de 1975) por decreto 331/76 derogado por decreto 331/76
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.