Micelio

Artículo 1

Los Tiquetes De Subsidio De Transporte Denominados "servicio Estudiantil", Establecido Por El Decreto 008 De 1969, Solo Podrán Utilizarse Por Parte De Los Alumnos Beneficiados De Que Trata El Decreto Mencionado, En Los Vehículos De Transporte Colectivo Urbano De Servicio Público Y Por Tanto No Podrán Usarse En Los Buses Que Presten Servicio De Transporte Exclusivamente A Un Establecimiento De Educación Oficial O Privado,

Decreto 188 de 1969 · Por el cual se aclara y complementa el Decreto 008 de 1969

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los tiquetes de subsidio de transporte denominados "Servicio Estudiantil", establecido por el Decreto 008 de 1969, solo podrán utilizarse por parte de los alumnos beneficiados de que trata el Decreto mencionado, en los vehículos de transporte colectivo urbano de servicio público y por tanto no podrán usarse en los buses que presten servicio de transporte exclusivamente a un establecimiento de educación oficial o privado,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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