Micelio

Artículo 10

Ley 88 de 1935 · Por la cual se adicionan, aclaran y modifican las Leyes 71 de 1915, 23 de 1916, 75 de 1925, 115 de 1928 y 15 de 1929

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ascensos que en adelante confiera el Gobierno de los grados Teniente Coronel, Coronel y General, no surtirán ninguno de sus efectos sido desde que hayan sido aprobados por el Senado de la república. Una vez aprobados, tendrán efecto con la fecha correspondiente al respectivo decreto de ascenso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 88 de 1935