Micelio

Artículo 31

Ley 2381 de 2024 · por medio de la cual se establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común, y se dictan otras disposicionesSuspendido Provisionalmente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

MÍNIMO DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS(AS) TRABAJADORES(AS) DEPENDIENTES QUE COTIZAN POR DÍAS O POR SEMANAS. Las normas sobre salarios, jornada de trabajo, prestaciones sociales, vacaciones y demás que les sean aplicables en virtud de lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, constituyen el mínimo de derechos y garantías consagradas en favor de los(as) trabajadores(as) por tiempo parcial, por lo tanto, no produce efecto alguno cualquier estipulación que pretenda afectar o desconocer tales derechos. La cotización por días o por semanas, tratándose de trabajadores(as) dependientes, en ningún caso exonerará alela) empleador(a) del pago de las prestaciones sociales y demás obligaciones a que haya lugar que se deriven de la relación laboral.

PENSIÓN INTEGRAL DE VEJEZ

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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