Micelio

Artículo 24

La Subvención Prevista En El Artículo 19 De La Mencionada Ley 126 De 1938, Se Pagará También Por El Fondo De Fomento Municipal, Lo Mismo Que El Aporte Previsto En El Parágrafo Del Artículo 25 De Dicha Ley

Decreto 503 de 1940 · Por el cual se crea el Fondo de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La subvención prevista en el artículo 19 de la mencionada Ley 126 de 1938, se pagará también por el Fondo de Fomento Municipal, lo mismo que el aporte previsto en el

Parágrafo

del artículo 25 de dicha Ley. En ambos casos mediará la solicitud del Ministro del ramo y la decisión de la Junta Directiva del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 503 de 1940