Con destino a gastos relacionados con la preparación, reunión y desarrollo de los Congresos Nacionales de sus trabajadores afiliados, convocados para los meses de septiembre y diciembre delpresente año, respetivamente, auxiliase con lasuma de treinta mil pesos ($ 30.000,00) moneda corriente, a cada una de las centrales de trabajadores Union de Trabajadores Colombianos (U.T.C.), y Confederación de Trabajadores de Colombia (C.T.C.).
Ley 48 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Ley 48 de 1958 · Por la cual se auxilia la reunión de dos Congresos Nacionales de Trabajadores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.