Micelio

Artículo 41

Decreto 1653 de 1982 · Por el cual se dictan los estatutos orgánicos de las Zonas Francas de Barranquilla, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta, Cúcuta y Buenaventura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 41 . Las normas del presente Decreto se entenderán, complementadas por las particulares que crearon y reglamentaron cada una de las Zonas Francas a las que él se refiere y por las que modificaron y adicionaron éstas, en todo aquello que no sea contrario a los preceptos de la Ley 47 de 1981 o a estos estatutos orgánicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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