Micelio

Artículo 24

De La Ley 7ª De 1888, El Día 15 De Octubre , Y Oirán Las Reclamaciones A Que Se Refiere El Artículo 29 Dela Misma Ley Hasta El 15 De Noviembre

Decreto 440 de 1891 · Por el cual se reglamentan las Leyes 7a de 1888 y 41 de 1890

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2°. Los jurados electorales deberán terminar las listas de que trata el artículo 24 de la Ley 7ª de 1888, el día 15 de Octubre , y oirán las reclamaciones a que se refiere el artículo 29 dela misma Ley hasta el 15 de Noviembre. El día 25 de este mes estarán decididas todas las reclamaciones y formadas las correspondientes listas de altas y bajas, para el día 1° de Diciembre puedan estar distribuidas las listas parciales conforme a lo establecido en el artículo 34 de la citada ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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