Micelio

Artículo 13

Despacho Del Viceministro De Educación Preescolar, Básica Y Media

Decreto 2230 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional,y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media. Son funciones del Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, además de las señaladas en la Constitución Política y la ley, las siguientes: 13.1 Apoyar la formulación, reglamentación y adopción de políticas, planes, programas y proyectos, relacionados con la educación preescolar, básica y media, media técnica, oficial y privada, grupos poblacionales en condiciones de vulnerabilidad y prestación del servicio educativo en estos niveles. 13.2 Dirigir, coordinar y promover, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, la consolidación, desarrollo y ejecución de los componentes del sistema educativo, en los niveles de su competencia, en los puntos clave de cobertura, calidad y capacitación técnica. 13.3 Dirigir la elaboración de los informes sobre el desarrollo de los planes y programas de educación preescolar, básica y media, que se deben presentar al Departamento Nacional de Planeación y la de aquellos que sobre las actividades del Ministerio hayan de ser enviados al Presidente de la República. 13.4 Preparar para el Ministro los informes y estudios especiales que este le encomiende y participar en la elaboración de la memoria anual que debe presentarse al Congreso de la República. 13.5 Las demás funciones que le asigne la ley o le delegue el ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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