Micelio

Artículo 79

La División Laboral Tendrá Las Siguientes Funciones: 79

Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División Laboral tendrá las siguientes funciones: 79.1 Atender y tramitar los asuntos lborales y el cumplimiento y pago de las prestaciones sociales, de acuerdo con las normas legales y convenciones laborales vigentes. 79.2 Atender y activar las diligencias y juicios laborales en donde sea parte el Ministerio, Fondo Vial Nacional y Fondo de Inmuebles Nacionales, previo poder conferido por el Ministro; y llevar el registro sobre el trámite de los mismos. 79.3 Preparar los conceptos sobre consultas de carácter laboral que formule el personal directivo de las dependencias centrales y regionales del Ministerio. 79.4 Asistir al Director en sus relaciones con los sindicatos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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