Micelio

Artículo 6

Decreto 1679 de 1997 · por el cual se fusionan las Sociedades Minerales de Colombia S.A. "Mineralco S.A." y Colombiana de Carbón Limitada "Ecocarbón Ltda." en la Empresa Nacional Minera Ltda. "Minercol Ltda".

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El plazo máximo para el perfeccionamiento de la presente fusión será de dieciocho (18) meses contados a partir de la publicación de este decreto. En dicho plazo deberán realizarse las siguientes actividades

a)

Dentro del mes siguiente a la publicación de este decreto, la Junta Directiva provisional prevista en el artículo anterior deberá reunirse a fin de fijar las pautas generales dentro de las cuales se llevará a cabo el acuerdo de fusión;

b)

El acuerdo de fusión deberá realizarse en un plazo no mayor de seis (6) meses;

c)

La solemnización de la fusión debe realizarse dentro del plazo máximo determinado en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1998
    C-088/98ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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