Micelio

Artículo 2

Fíjanse Las Siguientes Jurisdicciones De Los Consulados De Colombia En La Republica De Chile, Así: Consulado General En Santiago: Circunscripción En Todo El Territorio Del País Con Excepción De Las Provincias Comprendidas En Las Demás Circunscripciones De Los Consulados Colombianos Establecidos En Chile

Decreto 51 de 1984 · por el cual se dictan unas disposiciones en el Servicio Exterior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º Fíjanse las siguientes jurisdicciones de los Consulados de Colombia en la Republica de Chile, así: Consulado General en Santiago: Circunscripción en todo el territorio del país con excepción de las provincias comprendidas en las demás circunscripciones de los Consulados Colombianos establecidos en Chile. Consulado General en Valparaíso: Circunscripción en las Provincias de la Región V - Valparaíso (Valparaíso, San Antonio, Quillota, Petorca San Felipe de Aconcagua Los Andes, Isla de Pascua) y el Archipielago Juan Fernández. Consulado en Antofagasta Circunscripción en las Provincias de la Región 11 Antofagasta (Tocopilla, Antofagasta, El Loa) y de la Región III - Atacama (Cañaral, Copiapo, Huaseco). Consulado en Iquique Circunscripción en las Provincias de la Región I - Tasapaca (Arica, Parimacota, lquique).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 51 de 1984