ARTICULO PRIMERO. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2o., de la Ley 34 de 1993, destínase una suma adicional de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000.oo) M/CTE, para que el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Finagro, redescuente refinanciaciones de créditos concedidos a productores de café, enmarcadas dentro de los propósitos y con las condiciones establecidas en el Decreto 233 del 3 de febrero de 1993.
Decreto 2674 de 1993 →Vigente
Artículo 1
O
Decreto 2674 de 1993 · Por el cual se reglamenta la Ley 34 de 1993 en materia de refinanciación de la deuda de los cafeteros.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.