Funciones. El Instituto tendrá las siguientes funciones:
Cooperar, con los demás organismos del sector agropecuario, adscritos o vinculados al Ministerio de Agricultura, a la formulación y evaluación de la política agropecuaria nacional y ejecutarla en el campo de acción que le corresponda.
Realizar, promover y coordinar la investigación, la enseñanza y la extensión agropecuarias, en orden a obtener el desarrollo agropecuario nacional.
Realizar investigaciones sobre aspectos sociales de las comunidades rurales.
Realizar investigaciones sobre economía doméstica.
Realizar estudios económicos sobre costos de producción agrícola y ganadera, mercados y administración de fincas.
Realizar estudios sobre métodos y materiales de divulgación de resultados de investigación, para su aplicación por el personal de asistencia técnica, por extensionistas, mejoradoras de hogar y demás personal de extensión agropecuaria.
Recomendar al Ministro de Agricultura la política a seguir para el oportuno y adecuado uso de sus investigaciones.
Promover la utilización de los resultados de las investigaciones agrícolas y ganaderas, económicas y sociales con el objeto de mejorar el desarrollo agropecuario del país, llevando a conocimiento de los campesinos todas las técnicas modernas para que puestas en práctica en sus explotaciones y hogares, conduzcan al mejoramiento de su nivel de vida y al acrecimiento de la economía nacional.
Recomendar al Ministro de Agricultura la orientación del crédito requerido para incrementar el uso y producción de las mejores variedades, razas y sistemas de producción.
Expedir la reglamentación sobre semillas certificadas, de conformidad con las normas que expida el Ministerio de Agricultura, y vigilar su cumplimiento,
Ejercer las funciones necesarias para asegurar la multiplicación y comercialización de semillas y variedades mejoradas, directamente o por contrato.
Ejercer las funciones necesarias para asegurar la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades animales, y promover el adecuado y oportuno uso de los recursos y medios para erradicarlas,
Evaluar, aprobar y controlar de acuerdo con las normas que expida el Ministerio de Agricultura a las empresas, entidades y a los profesionales que estén en capacidad de prestar la asistencia técnica profesional requerida para el fomento de la producción agropecuaria.
Cooperar con la División de Regulación Técnica del Ministerio de Agricultura y con el Instituto Colombiano de Normas Técnicas en la elaboración de proyectos sobre normas y calidades de productos e insumos agropecuarios.
ñ) Colaborar con la División de Regulación Técnica del Ministerio de Agricultura en la preparación de reglamentos sobre requisitos de sanidad y preservación que se deben observar en el comercio nacional e internacional de productos e insumos agropecuarios,
Ejercer el control de la calidad de fertilizantes, insecticidas, fungicidas, herbicidas y concentrados para uso animal, de conformidad con las normas que expida el Ministerio de Agricultura,
Cooperar con la División de Regulación Técnica del Ministerio de Agricultura y el Instituto de Mercadeo Agropecuario, en la preparación de reglamentos sobre adquisición, distribución, empaque, procesamiento y, almacenamiento de productos agropecuarios,
Velar por el cumplimiento de las reglamentaciones que se dicten en cuanto a normas, calidades, sanidad y preservación de los productos e insumos agropecuarios, pudiendo delegar estas funciones en las comisiones técnicas que constituya para el efecto,
Ejercer por delegación del Ministerio de Agricultura, la interventoría de los contratos que éste celebre con las asociaciones, federaciones y gremios de la producción, para el fomento agrícola y ganadero y el mejor uso de los recursos,
Preparar personal profesional técnico para su propio servicio, el de otras entidades y el ejercicio de las profesiones relacionadas con las ciencias agropecuarias y sociales.
Fomentar la organización de la población rural en asociaciones de usuarios, y colaborar con la respectiva División del Ministerio de Agricultura en las actividades de organización campesina que se programen,
Participar con los demás organismos del sector agropecuario en la coordinación e integración de los servicios agropecuarios que se presten a nivel regional, a través de las "Unidades de Acción Rural"', de conformidad con la reglamentación que dicte el Gobierno Nacional.
Colaborar con otras entidades en la formulación de programas de investigación, enseñanza, y extensión de las ciencias agropecuarias y sociales y en la ejecución de actividades que tiendan al fomento de la productividad agropecuaria en el país.
Las demás actividades necesarias para el cumplimiento de sus propósitos.