º . Participación de la entidad territorial en la distribución de las regalías para el sector minero y de hidrocarburos. El cálculo de dicha participación se hará por medio de la siguiente fórmula y convenciones: %D = (%Y + %P) / 2 donde, %D: Porcentaje de la participación de regalías y compensaciones para cada entidad territorial, generadas por la explotación del yacimiento mineral o de hidrocarburos. %Y: Porcentaje del área del yacimiento mineral o de hidrocarburos que corresponde a cada entidad territorial. %P: Porcentaje de la producción que corresponde a cada entidad territorial.
Decreto 3229 de 2003 →Vigente
Artículo 6
º
Decreto 3229 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo octavo de la Ley 756 de 2002.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.