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Artículo 34

Subdirección De Gestión De Fiscalización Internacional

Decreto 4048 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Gestión de Fiscalización Internacional.

Son funciones de la Subdirección de Gestión de Fiscalización Internacional, además de las dispuestas en el artículo 38 del presente decreto las siguientes:

1.

1. Realizar la planeación y ejercer el control sobre las actividades relacionadas con la prevención, investigación, determinación, penalización, aplicación y liquidación de los tributos, sanciones y multas y en general las actividades de fiscalización para el adecuado control del cumplimiento de las obligaciones tributarias que se deriven de las operaciones internacionales incluidas aquellas relacionadas con la inversión extranjera;

2.

2. Ejecutar los programas de fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, evaluarlos y proponer las modificaciones necesarias cuando a ello hubiere lugar en materia de operaciones económicas internacionales y de inversión extranjera;

3.

3. Ejercer las acciones de control directamente o a través de las Direcciones seccionales tendientes a asegurar que se adelanten las investigaciones, se expidan los pliegos de cargos, los requerimientos especiales, las liquidaciones, las sanciones, las multas tributarias, los emplazamientos, los autos de inspección y demás actos preparatorios; a que haya lugar en el proceso de auditoría a las operaciones económicas internacionales y de inversión extranjera; así como las acciones que se requieran en el marco de los acuerdos, convenios o tratados internacionales;

4.

4. Ejercer las funciones de Policía Judicial, en los términos previstos por la ley y remitir a las autoridades competentes, cuando sea necesario, los resultados de las investigaciones adelantadas;

5.

5. Participar de manera coordinada con la Dirección de Gestión Jurídica, en el estudio, análisis, discusión, negociación y modificación de convenios, acuerdos o tratados internacionales en el ámbito de su competencia;

6.

6. Conocer de las solicitudes sobre acuerdos anticipados de precios de transferencia, realizar los análisis de las mismas y proyectar los actos administrativos a que haya lugar para firma del Director General con ocasión a la celebración, modificación, cancelación, terminación o revocatoria de los mismos, de conformidad con las normas que regulan la materia, así como el seguimiento y la evaluación permanente de los acuerdos anticipados de precios de transferencia suscritos;

7.

7. Expedir los certificados de acreditación de residencia y de situación tributaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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