Micelio

Artículo 4

Aquellos Individuos Que Sirven Como Asimilados O Con Sueldo De Suboficiales En Puestos Civiles O De Carácter Civil, A Quienes Se Les Haya Hecho Descuentos Del 2 Por 100 Sin Tener Grado Reconocido, Deberán Pedir La Devolución De Sus Cuotas, Especificando Ese Motivo En La Solicitud, Y Las Respectivas Contadurías Dejarán De Incluirlos En Las Relaciones Del 2 :por 100 Y De Hacerles Descuentos De Su Sueldo

Decreto 1140 de 1937 · Por medio del cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 3a de 1937, en relación con otras disposiciones de la misma Ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aquellos individuos que sirven como asimilados o con sueldo de Suboficiales en puestos civiles o de carácter civil, a quienes se les haya hecho descuentos del 2 por 100 sin tener grado reconocido, deberán pedir la devolución de sus cuotas, especificando ese motivo en la solicitud, y las respectivas Contadurías dejarán de incluirlos en las relaciones del 2 :por 100 y de hacerles descuentos de su sueldo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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