Micelio

Artículo 4

Solicitud De Declaratoria De Zona Franca

Decreto 1300 de 2015 · por el cual se modifica el procedimiento para la declaratoria de zonas francas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Solicitud de declaratoria de Zona Franca. La solicitud de declaratoria de existencia de una zona franca deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo por parte de la persona jurídica que pretenda ser el Usuario Operador, o por aquella que aspire a ser el único Usuario Industrial de la zona franca o por el representante legal de la persona jurídica que solicite ser el administrador del lugar, según la clase de zona franca de que se trate, cumpliendo con los requisitos señalados en el presente decreto. El Usuario Operador deberá dedicarse exclusivamente a las actividades propias de dichos usuarios, y tendrá los tratamientos especiales y beneficios tributarios una vez sea autorizado como tal.

Parágrafo

Para obtener la declaratoria de existencia de una Zona Franca, el Usuario Operador deberá ser una persona jurídica diferente al Usuario Industrial, y no contar con vinculación económica o societaria con este, en los términos señalados en los artículos 260-1, 450 y 452 del Estatuto Tributario y 260 a 264 del Código de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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