Artículo primero. La suma de ochenta mil pesos ($80.000.00) moneda corriente, que correspondió a la Comisaría del Putumayo en la distribución de auxilios efectuada por el artículo primero del Decreto número 0869 de 1959, con destino a la construcción de Hospitales-Puestos de Salud en Sibundoy y Puerto Asís, y ampliación del Hospital de Mocoa, se destinará a los servicios de salud pública en esa Comisaría, de acuerdo con el contrato suscrito con ese fin entre el Gobierno Nacional (Ministerio de Salud Pública) y la Comisaría del Putumayo.
Decreto 2199 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2199 de 1959 · Por el cual se hacen unas modificaciones al Decreto 0869 de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.