Micelio

Artículo 19

Los Funcionarios De La Justicia Penal Militar A Quienes Corresponda Conocer De Las Peticiones Sobre Libertad Provisional, Lo Harán Dentro De Los Términos Prescritos Por La Ley, Sin Acudir A Ningún Procedimiento Especial, Y En La Misma Forma Procederá La Corte Militar De Casación Y Revisión En Lo Relativo A Las Casaciones O Revisiones Que Se Intenten

Decreto 2385 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 2311 de 1953, se fijan asignaciones y se hacen nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios de la Justicia Penal Militar a quienes corresponda conocer de las peticiones sobre libertad provisional, lo harán dentro de los términos prescritos por la ley, sin acudir a ningún procedimiento especial, y en la misma forma procederá la Corte Militar de Casación y Revisión en lo relativo a las casaciones o revisiones que se intenten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2385 de 1953