Micelio

Artículo 5

Ley 21 de 1975 · Por la cual se nacionaliza el Colegio de San Simón de Ibagué y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El tiempo servido en cualquier época en el Colegio de San Simón se tendrá en cuenta como servido a la Nación. La Caja Nacional de Previsión Social tomará a su cargo las prestaciones de los empleados de San Simón que, al entrar en vigencia esta Ley, reúnan los requisitos legales para obtener su pensión de jubilación, y esta misma entidad asumirá el pago de las pensiones que venía cubriendo el plantel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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