Micelio

Artículo 4

Ley 53 de 1890 · Por la cual se crea un nuevo establecimiento de educación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 4 .° Si un alumno del Liceo gana cursos de los que, según el plan de estudios, hacen parte de una de las facultades universitarias, le valdrán si llega á pasar á la de Filosofía y Letras, á la de Derecho, á la de Medicina ó á la de Ingeniería, siempre que lo haga con la mismas condiciones que se exigen á los que hacen en la Escuela de Filosofía y Letras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 53 de 1890