Autorizase al Banco de la República, en su Sección de Salinas, otorgará créditos hasta de noventa (90) días las Federaciones de Cooperativas Agrícolas en la cuantía que sea necesaria para que éstas provean de sal a todas las Cooperativas afiliadas, otorgándoles la agencia de distribución correspondiente.
Artículo 34
Autorizase Al Banco De La República, En Su Sección De Salinas, Otorgará Créditos Hasta De Noventa (90) Días Las Federaciones De Cooperativas Agrícolas En La Cuantía Que Sea Necesaria Para Que Éstas Provean De Sal A Todas Las Cooperativas Afiliadas, Otorgándoles La Agencia De Distribución Correspondiente
Decreto 2462 de 1948 · por el cual se dictan unas disposiciones para el mejor funcionamiento de las Cooperativas del pais, se concede personería jurídica al "Fondo Cooperativo Nacional", se fomenta la creación de Cooperativas de Producción de Compras y Ventas de Productos Agrícolas, Ganaderas y de Pequeños Industriales, se destinan unas partidas, se planifica la cooperación agrícola por medio del Instituto Nacional de Abastecimientos, y se dictan otras medidas.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.