Micelio

Artículo 29

Sistemas De Sitios Sagrados Y Coordinación Ambiental Efectiva

Decreto 545 de 2026 · Por medio del cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la sabana de bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistemas de sitios sagrados y coordinación ambiental efectiva. En el marco de sus competencias, las autoridades ambientales deberán reconocer y respetar el sistema de sitios sagrados del pueblo indígena muysca, en razón de su valor espiritual, territorial, ambiental y biocultural.

Cuando haya lugar a ello, se realizará con las autoridades indígenas con competencias ambientales, la coordinación ambiental efectiva y la aplicación de mecanismos para su implementación en los términos del decreto número 1275 de 2024, desde sus sistemas de conocimiento propio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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