°. Consejo Académico . Son funciones del Consejo Académico, las siguientes
Decidir sobre el desarrollo académico del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez", en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a los programas académicos, investigación, extensión y bienestar universitario.
Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.
Conceptuar ante el Consejo Directivo sobre la creación, modificación o supresión de unidades académicas.
Aprobar el presupuesto preparado por las Unidades Académicas y recomendarlo al Consejo Directivo.
Rendir informes periódicos al Consejo Directivo.
Resolver en segunda instancia las decisiones de las Direcciones de Unidad que sean apeladas.
Presentar al Consejo Directivo las propuestas de modificación, supresión y creación de programas académicos.
Recomendar al Consejo Directivo en relación con el Estatuto Docente y el Reglamento Estudiantil los ajustes y modificaciones pertinentes a los mismos.
Recomendar al Rector las sanciones a aplicar en las faltas que cometan estudiantes, conforme a la ley, a los estatutos y a los reglamentos, cuando no sea de su competencia aplicar las respectivas sanciones.
Proponer al Consejo Directivo la creación y el otorgamiento de distinciones, estímulos y títulos honoríficos.
Aprobar los calendarios de las actividades académicas.
Conocer en primera instancia de las quejas que presenten los docentes, los estudiantes y los particulares en contra de los Directores de Unidad, por faltas en el cumplimiento de sus funciones.
Proponer modelos de evaluación y auto evaluación para los docentes.
Diseñar y mantener actualizadas las metodologías de enseñanza y aprendizaje. 16. Diseñar estrategias de seguimiento en el desempeño profesional del egresado con el fin de obtener una permanente retroalimentación institucional. 16. Diseñar los programas de inducción para nuevos docentes. 17. Definir las políticas y adoptar los programas de investigación que deba desarrollar el Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" 18. Resolver las consultas que le formule el Rector del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez", y que sean del ámbito de su competencia. 19. Resolver las cuestiones de orden académico del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" que no estén expresamente determinadas como potestativas de otros organismos. 20. Las demás que señalen la ley o los estatutos.