º . El "Banco Cafetero" tendrá como único accionista a la Federación Nacional de Cafeteros, y estará sujeto a las leyes que regulen la industria bancaria en Colombia y al pago de todos los impuestos nacionales, departamentales y municipales que graven esta clase de instituciones.
Decreto 2314 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2314 de 1953 · Por el cual se crea un Banco Cafetero y de Exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.