Los Abogados Asistentes de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, deberán ser abogados titulados y tendrán una asignación básica mensual de $ 14.700.00.
Ley 8 de 1975 →Vigente
Artículo 9
Ley 8 de 1975 · Por la cual se dictan algunas normas sobre régimen laboral para la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y se determinan asignaciones y prestaciones sociales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.