º Apruébase el siguiente Decreto: Decreto número 182 (junio 19 de 1926), por el cual se aumenta precio de unas raciones alimenticias, El Gobernador del Departamento, en uso de la facultad que le confiere el Decreto número 1203, de 29 de agosto de 1923, decreta: Artículo 1º A contar de hoy en adelante la ración alimenticia diaria de cada uno de los presos pobres que son de cargo de la Nación, en las Cárceles de, Circuito de Anserma y Salamina, será hasta de cuarenta centavos ($ 0-40). Artículo 2º Autorízase a los Alcaldes de los referidos Municipios, para celebrar los contratos respectivos en la forma más conveniente para la Nación, ciñéndose para ello a lo que dispone el Decreto número 1565, de 7 de noviembre de 1922. Comuníquese, publíquese y consúltese con el señor Ministro de Gobierno. Dado en Manizales a 19 de junio de 1926. Francisco José Ocampo- El Secretario de Gobierno, Antonio J. Botero.
Artículo 1
Apruébase El Siguiente Decreto: Decreto Número 182 (Junio 19 De 1926), Por El Cual Se Aumenta Precio De Unas Raciones Alimenticias, El Gobernador Del Departamento, En Uso De La Facultad Que Le Confiere El Decreto Número 1203, De 29 De Agosto De 1923, Decreta: Artículo 1º A Contar De Hoy En Adelante La Ración Alimenticia Diaria De Cada Uno De Los Presos Pobres Que Son De Cargo De La Nación, En Las Cárceles De, Circuito De Anserma Y Salamina, Será Hasta De Cuarenta Centavos ($ 0-40)
Decreto 1114 de 1926 · Por el cual se aprueba el aumento de unas raciones alimenticias
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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