El personal del Congreso Pedagógico de Colombia, será el siguiente:
Un Maestro y una Maestra de Escuela Primaria designados por cada Asamblea Pedagógica Departamental;
Los Directores y Directoras de las Escuelas Normales;
Los Inspectores Nacionales de Instrucción Pública de las Intendencias y Comisarias;
Los Directores Generales de Instrucción Pública de los Departamentos;
Los Rectores de las Universidades de Antioquia, Bolívar, Cauca, Nariño, del Instituto Universitario de Caldas y del Colegio de Boyacá;
Los miembros del Consejo Universitario;
Los Profesores de los establecimientos oficiales o subvencionados de enseñanza secundaria y profesional de la ciudad en que deba reunirse el congreso;
Los demás Institutores que quieran concurrir y que así lo manifiesten previamente a la Junta organizadora de los trabajos preparatorios del Congreso.