Micelio

Artículo 3

Decreto 3694 de 1954 · Por el cual se dictan disposiciones sobre las oficinas de Notaría y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Cuando los funcionarios de la Sección de Notariato y Registro del Ministerio de Justicia no fueren suficientes para practicar todas las visitas requeridas, el Ministerio podrá comisionar para tales efectos a cualquier otro funcionario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3694 de 1954