La decisión judicial firme sobre el estado civil de las personas, con efectos relativos a quienes intervienen en el proceso, tiene efecto general provisional, mientras no se demuestre que reposa sobre hechos inexactos o sobre pruebas insuficientes.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 7. La decisión judicial firme sobre el estado civil de las personas, con efectos relativos a quienes intervienen en el proceso, tiene efecto general provisional, mientras no se demuestre que reposa sobre hechos inexactos o sobre pruebas insuficientes.