°. Autoridad Raizal . Para los efectos del presente decreto adóptese al Consejo Provisional Raizal “Raizal Council” o la institución que haga sus veces, como la única instancia de representación del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y estará conformada por las personas reconocidas por este, de acuerdo con su autonomía y su sistema de derecho propio.
Las Actas de Elección del Raizal Council, así como la conformación de su órgano de Gobierno interno, constituirán documento suficiente para los efectos de representación legal, y se registrarán ante el Ministerio del Interior.