Es potestativo de los exportadores de productos colombianos marcarlos o no con la tarjeta, faja o placa de que trata el artículo 7º de la Ley 64 de 1918 , sin que la falta de esta formalidad se oponga a la exportación de tales productos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.