°. Funciones del Consejo Directivo . Son funciones del Consejo Directivo las siguientes
Formular la política general del Servicio Geológico Colombiano, los planes y programas que deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos al Plan Nacional de Desarrollo.
Definir las políticas y criterios para la administración de los datos e información del subsuelo del territorio nacional y asegurarse de su articulación con los objetivos del Ministerio de Minas y Energía, de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, de la Agencia Nacional de Minerales y de la Unidad de Planeación Minero-Energética.
Formular la política de mejoramiento continuo del Servicio Geológico Colombiano, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución y de los estados financieros presentados por la administración del Servicio Geológico Colombiano.
Proponer al Gobierno Nacional modificaciones de la estructura y de la planta de personal que considere pertinentes.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual y las modificaciones al presupuesto del Servicio Geológico Colombiano.
Adoptar el reglamento de funcionamiento del Consejo Directivo.
Las demás que se le asignen.