º De conformidad con los artículos 34 y 35 de la Ley 43 de 1987, están obligados a suscribir los "Bonos de Financiamiento Especial - Emisión 1988", los siguientes contribuyentes
Las personas jurídicas y sociedades de hecho, nacionales, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta, en una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto de renta y complementarios a cargo del contribuyente por el año gravable de 1987.
Las Personas naturales residentes en el país y las sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes en el país, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta, y hayan obtenido una renta liquida gravable superior a cuatro millones de pesos ($ 4.000.000.00) en el año gravable de 1986, en una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto de renta y complementarios a cargo del contribuyente por el año gravable de 1986.
El valor que debe ser materia de la inversión se aproximará al múltiplo de un mil pesos ($1.000.00) inferior más cercano.