°. El artículo 10 de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Finagro, quedará así: " Artículo 10 . Capital. El capital autorizado de Finagro es de ciento sesenta y cinco mil millones de pesos ($165.000.000.000.oo) moneda legal colombiana, dividido en ciento sesenta y cinco millones ($165.000.000.00) de acciones nominativas ordinarias de un valor nominal de un mil pesos ($1.000.00) moneda legal colombiana cada una. Los aportes de la Nación no serán menores al cincuenta y uno por ciento del capital pagado de Finagro".
Decreto 2942 de 2010 →Vigente
Artículo 2
El Artículo 10 De Los Estatutos Del Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario - Finagro, Quedará Así: " Artículo 10
Decreto 2942 de 2010 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector agropecuario, Finagro.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.