Valor del punto . El valor del punto, al entrar en vigencia este decreto, para los empleados públicos docentes de las universidades estatales u oficiales del orden nacional, departamental, municipal y distrital es de seis mil ciento treinta y cuatro pesos ($6.134,oo)
Para los cargos docentes en dedicación exclusiva dentro de la Planta de Personal Docente de la Universidad Nacional de Colombia, conforme a lo regulado en el artículo 29 del Decreto-ley 82 de 1980, se sigue reconociendo un incremento adicional del veintidós por ciento (22%) sobre la remuneración mensual de tiempo completo.