Al personal de la Policía Nacional que durante el periodo de tres (3) años continuos de servicio no hubiere cometido falta acreedora a sanción, se le otorgará el 5 de noviembre, día clásico de la institución, una "mención honorífica" por medio de resolución motivada de la Dirección General. A fin de acreditar la mención honorífica se entregará al favorecido un diploma, según el modelo descrito en el artículo 261 del presente reglamento y un distintivo especial, cuya descripción y uso será señalado en el reglamento de uniformes, insignias y distintivos de la Policía Nacional.
Decreto 1835 de 1979 →Vigente
Artículo 80
Al Personal De La Policía Nacional Que Durante El Periodo De Tres (3) Años Continuos De Servicio No Hubiere Cometido Falta Acreedora A Sanción, Se Le Otorgará El 5 De Noviembre, Día Clásico De La Institución, Una "mención Honorífica" Por Medio De Resolución Motivada De La Dirección General
Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.