Micelio

Artículo 12

Son Funciones Del Jefe Del Grupo De Inspección Ejecutiva: A) Responder Ante El Coordinador Ejecutivo Por La Buena Marcha Del Grupo; B) Dirigir Y Coordinar Las Actividades Que Han De Desarrollar Los Funcionarios Del Grupo; C) Elaborar Los Programas De Visitas Generales O Especializadas Que Deban Practicarse En Las Tesorerías Regionales, Y Someterlos A La Aprobación Del Coordinador Ejecutivo; D) Analizar Los Informes De Sus Subalternos, Evaluarlos Y Rendir, A Su Vez, Informes Al Coordinador Ejecutivo; E) Dirigir Las Investigaciones Administrativas Que Deban Practicarse; F) Asistir Al Coordinador Ejecutivo En La Solución De Los Problemas Que Se Presenten En Las Tesorerías Regionales; G) Las Demás Que Le Asigne Su Inmediato Superior, Y Que Estén Conformes Con Los Objetivos Del Grupo

Decreto 1714 de 1960 · Por el cual se organiza la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Jefe del Grupo de Inspección Ejecutiva

a)

Responder ante el Coordinador Ejecutivo por la buena marcha del grupo;

b)

Dirigir y coordinar las actividades que han de desarrollar los funcionarios del Grupo;

c)

Elaborar los programas de visitas generales o especializadas que deban practicarse en las Tesorerías Regionales, y someterlos a la aprobación del Coordinador Ejecutivo;

d)

Analizar los informes de sus subalternos, evaluarlos y rendir, a su vez, informes al Coordinador Ejecutivo;

e)

Dirigir las investigaciones administrativas que deban practicarse;

f)

Asistir al Coordinador Ejecutivo en la solución de los problemas que se presenten en las Tesorerías Regionales;

g)

Las demás que le asigne su inmediato superior, y que estén conformes con los objetivos del Grupo. Del Grupo de Correspondencia y Archivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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