Para la creación de nuevos Tribunales de Distrito Judicial, Juzgados Superiores de Circuito Judicial, Juzgados de Circuito y plazas de Magistrado de Tribunal, se requieren los requisitos siguientes:
1° Que la petición la haga o la apoye la respectiva Asamblea Departamental y el respectivo Tribunal Superior, con exposición de motivos.
2° Que se acompañe a la petición la estadística auténtica de los negocios, tanto civiles como criminales, que hayan cursado en el Tribunal Superior, o de Circuito a que pertenezca el territorio que ha de formar las nuevas entidades, o cuyo personal haya de aumentarse, durante los dos últimos años por lo menos.
3° Que si se trata de la creación de un Juzgado Superior único, el territorio que haya de componerlo tenga por lo menos ciento cincuenta mil habitantes.
4° Que si se trata de un Circuito Judicial, el territorio que haya de componerlo tenga por lo menos veinte mil habitantes.
5° Que si trata de la creación de un Juzgado de Circuito, el Circuito tenga por lo menos veinte mil habitantes.