°. Corresponde a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones desarrollar y ejecutar los planes y proyectos generales que adopte el Ministerio sobre el particular, y tendrán a su cargo la prestación de los servicios públicos de comunicaciones telefónicas y telegráficas, eléctricas y radioeléctricas, cuyo monopolio corresponde al Estado, de acuerdo con las leyes vigentes, dentro del territorio nacional y en conexión con el Exterior, con sujeción a la política y normas generales que establezca el Ministerio de Comunicaciones.
Artículo 5
Corresponde A La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Desarrollar Y Ejecutar Los Planes Y Proyectos Generales Que Adopte El Ministerio Sobre El Particular, Y Tendrán A Su Cargo La Prestación De Los Servicios Públicos De Comunicaciones Telefónicas Y Telegráficas, Eléctricas Y Radioeléctricas, Cuyo Monopolio Corresponde Al Estado, De Acuerdo Con Las Leyes Vigentes, Dentro Del Territorio Nacional Y En Conexión Con El Exterior, Con Sujeción A La Política Y Normas Generales Que Establezca El Ministerio De Comunicaciones
Decreto 3267 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reorganización y funcionamiento del ministerio de comunicaciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.