ARTICULO 1° Mientras se dicta una reglamentación especial, hácense extensivas a la Policía Nacional las disposiciones contempladas en el Decreto 328 de febrero de 1966 (Reglamento de Calificación y Clasificación del personal de las Fuerzas Militares)
Decreto 1492 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Mientras Se Dicta Una Reglamentación Especial, Hácense Extensivas A La Policía Nacional Las Disposiciones Contempladas En El Decreto 328 De Febrero De 1966 (Reglamento De Calificación Y Clasificación Del Personal De Las Fuerzas Militares)
Decreto 1492 de 1966 · por medio del cual se dispone provisionalmente la aplicación en la Policía Nacional, del Reglamento de Calificación y Clasificación del personal, que regirá a partir del 1° de junio de 1966 en las Fuerzas Militares.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.