Micelio

Artículo 2.6.1.1.3.5.1

Credencial De Identificación

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Credencial de Identificación. Para efectos del inciso 2o. del artículo 87 del Decreto 356 de 1994, modificado por el artículo 103 del Decreto 19 de 2012, están obligados a portar la credencial de identificación el siguiente personal vinculado a los servicios de vigilancia y seguridad privada:

a)

Los vigilantes;

b)

Manejadores caninos;

c)

Escoltas;

d)

Operadores y/o técnicos de medios tecnológicos;

e)

Tripulantes;

f)

Supervisores,

g)

Personal directivo;

h)

Las personas naturales que presten consultoría, asesoría o investigación en seguridad privada.

Parágrafo

Se entiende por personal directivo en los servicios de vigilancia y seguridad privada, el siguiente:

1.

En empresas, cooperativas y transportadoras de valores: El jefe de operaciones o de seguridad o su equivalente y el representante legal de la sociedad.

2.

En los departamentos de seguridad: El director de seguridad o su equivalente y la persona natural en cuyo favor se ha concedido este servicio y si es del caso, a juicio de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, otros protegidos que así lo soliciten.

3.

En los servicios especiales y comunitarios de vigilancia y seguridad privada: El representante legal.

4.

En las escuelas de capacitación, en sociedades de asesoría, consultoría o investigación en seguridad y en las empresas blindadoras: El representante legal.

(Decreto 2187 de 2001 artículo 48)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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